Cada año, los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones tributarias para garantizar el adecuado funcionamiento de sus actividades económicas y
Cada año, los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones tributarias para garantizar el adecuado funcionamiento de sus actividades económicas y evitar sanciones que puedan comprometer su estabilidad financiera. Por ello, Siigo invita a las personas naturales y jurídicas a planificar con anticipación, revisar cuidadosamente las fechas clave definidas por la DIAN en el calendario tributario y buscar apoyo profesional en caso de dudas.
¿Qué es el calendario tributario?
El calendario tributario es un documento que la DIAN publica anualmente, en el que se establecen las fechas límite para la presentación y el pago de las declaraciones de impuestos a cargo de los contribuyentes en Colombia.
¿Por qué es importante cumplir con los plazos establecidos?
Cumplir con los plazos del calendario tributario es fundamental para evitar:
- Multas por presentación extemporánea: la DIAN impone sanciones económicas por no presentar las declaraciones dentro de los plazos establecidos.
- Intereses por mora: en caso de no realizar el pago dentro de los plazos, se generarán intereses sobre el saldo pendiente.
- Fiscalización y auditorías: el incumplimiento puede dar lugar a procesos de fiscalización por parte de la DIAN, lo que puede generar mayores costos y problemas legales.
¿Cómo facilitar el cumplimiento tributario?
Mantenerse al día con los cambios en la legislación tributaria es fundamental, ya que las normativas pueden variar entre períodos y afectar las obligaciones específicas de personas naturales y jurídicas. Siigo recomienda el uso de herramientas tecnológicas, como softwares contables y de gestión fiscal, que facilitan la organización, así como el control de los pagos y declaraciones pendientes, lo que optimiza tiempos y recursos.
Softwares contables como Siigo permiten a los contribuyentes generar sus declaraciones de forma eficiente y a cumplir con las normativas fiscales en los plazos establecidos. Además, ofrece soporte y capacitación a sus usuarios para garantizar que sus obligaciones tributarias se presenten correctamente, ahorrando tiempo y recursos.
¿Cuáles son las principales fechas que deben tener en cuenta los contribuyentes en 2025?
Impuesto sobre la Renta y Complementario
Los contribuyentes obligados a presentar la declaración anual de renta deben estar atentos a las fechas establecidas, que están divididas según el último dígito del NIT y el tipo de contribuyente (persona natural o jurídica).
- Grandes Contribuyentes:
Primera cuota: entre el 11 y el 24 de febrero de 2025.
Presentación de declaración y segunda cuota: entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
Tercera cuota: entre el 11 y el 25 de junio de 2025.
- Personas Jurídicas (no calificadas como grandes contribuyentes):
Presentación de declaración y primera cuota: del 12 al 23 de mayo de 2025.
Segunda cuota: del 9 al 22 de julio de 2025.
- Personas Naturales:
Declaración y pago: según los dos últimos dígitos del NIT, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025.
Impuesto sobre las Ventas (IVA)
- Declaración y pago bimestral:
Enero-febrero: del 11 al 25 de marzo de 2025.
Marzo-abril: del 12 al 23 de mayo de 2025.
Mayo-junio: del 9 al 22 de julio de 2025.
Julio-agosto: del 9 al 22 de septiembre de 2025.
Septiembre-octubre: del 12 al 26 de noviembre de 2025.
Noviembre-diciembre: del 13 al 26 de enero de 2026.
- Declaración y pago cuatrimestral:
Enero-abril: del 12 al 23 de mayo de 2025.
Mayo-agosto: del 9 al 22 de septiembre de 2025.
Septiembre-diciembre: del 13 al 26 de enero de 2026.
Retención en la Fuente
Los agentes de retención deberán declarar y pagar mensualmente según el último dígito del NIT.
Enero: del 11 al 24 de febrero de 2025.
Febrero: del 11 al 25 de marzo de 2025.
Marzo: del 9 al 24 de abril de 2025.
Abril: del 12 al 23 de mayo de 2025.
Mayo: del 11 al 25 de junio de 2025.
Junio: del 9 al 22 de julio de 2025.
Julio: del 12 al 26 de agosto de 2025.
Agosto: del 9 al 22 de septiembre de 2025.
Septiembre: del 9 al 23 de octubre de 2025.
Octubre: del 12 al 26 de noviembre de 2025.
Noviembre: del 10 al 23 de diciembre de 2025.
Diciembre: del 13 al 26 de enero de 2026.
Unidad de Valor Tributario (UVT) para 2025
La UVT aplicable en 2025 se ha establecido en $49.799.
Se recomienda a todos los contribuyentes revisar detalladamente el calendario tributario y cumplir oportunamente con sus obligaciones fiscales para evitar sanciones.
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