Anticipar impuestos no es solución: urge recortar el gasto público: Consejo Gremial

Anticipar impuestos no es solución: urge recortar el gasto público: Consejo Gremial

Desde el Consejo Gremial Nacional expresamos nuestra profunda preocupación por el nuevo proyecto de decreto que pretende modificar el mecanismo

Desde el Consejo Gremial Nacional expresamos nuestra profunda preocupación por el nuevo proyecto de decreto que pretende modificar el mecanismo de autorretención y aumentar las

bases mínimas de retención en la fuente. Esta medida, lejos de representar una solución estructural, es una maniobra de caja sin sustento técnico, sin visión de largo plazo y con serias

consecuencias para la economía nacional.

 

Lo que propone el Gobierno equivale a pedirle al país productivo un crédito forzado para financiar el déficit fiscal generado por su ineficiencia en la ejecución del gasto público. Se trata,

en la práctica, de una reforma tributaria encubierta que traslada la carga a quienes cumplen, producen y generan ingresos.

 

La retención en la fuente no es un impuesto adicional, es un anticipo. Es un cobro adelantado sobre ingresos que ni siquiera se han terminado de consolidar. Esta propuesta castiga el flujo

de caja de empresas, trabajadores formales, independientes y pequeños comerciantes. La medida afecta directamente el consumo, el ahorro y la inversión, pilares fundamentales para

el crecimiento y la formalización de la economía.

 

Más preocupante aún es que, según estimaciones de Fedesarrollo, esta modificación implicaría un adelanto de impuestos de 2026 por $13,9 billones (0,8 % del PIB), repitiendo el

error fiscal de 2023. Esta operación agravaría el hueco fiscal en 2026 y pondría en riesgo el cumplimiento de la regla fiscal y la calificación crediticia del país.

 

Desde el Consejo Gremial Nacional advertimos las serias implicaciones jurídicas del proyecto de decreto, en particular la aplicación de una autorretención del 3.5 % a entidades no

contribuyentes del impuesto sobre la renta, como las del ar]culo 23 del Estatuto Tributario. Al no existir un impuesto a cargo, este anticipo se convierte en un pago sin causa tributaria,

contrariando el principio de legalidad. Además, la medida no prevé mecanismos de compensación ni beneficios, lo que afecta directamente el flujo de caja de organizaciones sin

ánimo de lucro. Este cambio alteraría sustancialmente el régimen fiscal vigente, sin una reforma legal que lo sustente, y por tanto requiere una revisión jurídica y técnica a fondo.

 

Finalmente, hacemos un llamado firme al Gobierno Nacional para que ajuste el gasto y priorice la inversión eficiente, respetando los principios de sostenibilidad y responsabilidad fiscal.

 

Alirio Aguilera
ADMINISTRATOR
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