A partir de la Ley 2173 de 2021, las medianas y grandes empresas en Colombia están obligadas a sembrar anualmente dos árboles por cada empleado, sin embargo, a mayo de 2026, la falta de predios delimitados por los municipios ha generado incertidumbre jurídica, forzando una extensión oficial de los plazos. La normativa impone este deber
A partir de la Ley 2173 de 2021, las medianas y grandes empresas en Colombia están obligadas a sembrar anualmente dos árboles por cada empleado, sin embargo, a mayo de 2026, la falta de predios delimitados por los municipios ha generado incertidumbre jurídica, forzando una extensión oficial de los plazos.
La normativa impone este deber sin importar el sector económico o si la compañía ya posee licencias ambientales, una realidad que las empresas, incluyendo firmas de servicios, deben organizar a su personal para ejecutar las siembras en horario laboral, pues la ley prohíbe compensar esta obligación mediante pagos económicos alternativos.
El principal obstáculo logístico radica en la disponibilidad de tierras, esto debido a que las alcaldías deben definir las “áreas de vida”, espacios exclusivos para estas plantaciones. Ante el rezago generalizado, el Ministerio de Ambiente expidió la Resolución 358 de 2026, otorgando a las autoridades un plazo máximo hasta abril de 2027.
Érika Serrano, socia de Medio Ambiente en Posse Herrera Ruiz, indica que este retraso frena la ejecución. “Tenemos que darle paso y un compás de espera a la definición de las áreas de vida por parte de los municipios”, explicó, sugiriendo cautela administrativa a las compañías obligadas.
La especialista aconseja presupuestar los costos internos, pero evitar contrataciones apresuradas. “Seamos prudentes y no salgamos corriendo a contratar al primer consultor, porque aún no sabemos dónde vamos a sembrar”. Sin terrenos definidos, es imposible saber qué especies nativas exigirán las autoridades.
Otro punto de tensión es el régimen sancionatorio, porque la ley no contempla castigos de forma expresa y un reciente concepto gubernamental sugiere posibles multas. Al ser una norma ambiental, su incumplimiento podría derivar en procesos bajo la Ley 1333, un escenario debatible frente al principio de reserva legal.
Mientras llega abril de 2027, que es el plazo límite tras una prorroga de 12 meses, el empresariado deberá prepararse financieramente y monitorear el ordenamiento territorial local. El éxito de esta política dependerá de que los municipios habiliten tierras suficientes sin afectar proyectos productivos, definiendo si la iniciativa será viable o un riesgo jurídico.













Leave a Comment
Your email address will not be published. Required fields are marked with *