Colfondos activa plan de contingencia para respaldar a las víctimas del terremoto con cesantías y beneficios pensionales
Desde Colfondos extendemos un mensaje de profunda solidaridad a todas las familias colombianas que se han visto impactadas por el reciente sismo, ante los reportes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), que indican más de 134.000 viviendas afectadas, nuestra prioridad institucional es actuar con celeridad para proteger el bienestar y el patrimonio de nuestros afiliados.
Queremos informar a la opinión pública y a nuestros usuarios que hemos dispuesto nuestros canales de atención para facilitar el acceso a cuatro mecanismos fundamentales de protección: el retiro de cesantías para reparación de vivienda, el auxilio funerario, la pensión por sobrevivencia y la devolución de saldos.
Las cesantías: un salvavidas para la reparación de vivienda
Para los afiliados cuyas casas o apartamentos sufrieron daños estructurales, la ley permite el retiro parcial o total de las cesantías para financiar las reparaciones necesarias. Para tramitar este desembolso de manera ágil, el trabajador debe presentar:
- Autorización escrita del empleador para el retiro con fines de mejora de vivienda.
- Copia de la cédula de ciudadanía.
- Certificado de libertad y tradición del inmueble.
- Contrato civil de obra o presupuesto detallado de los materiales.
Auxilio funerario: alivio económico inmediato
Frente a la dolorosa pérdida de vidas humanas, el sistema pensional contempla un auxilio funerario. Este beneficio reembolsa los gastos exequiales a quien demuestre haberlos pagado tras el fallecimiento de un afiliado o pensionado.
- Monto: equivale al último salario cotizado o mesada pensional, garantizando un piso de cinco (5) y un tope de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).
- Vigencia: el derecho a reclamarlo prescribe a los tres (3) años siguientes al fallecimiento.
- Requisitos: registro civil de defunción, factura original detallada, documento de identidad del reclamante y certificación bancaria.
Pensión por sobrevivencia y devolución de saldos
Para proteger el sustento a largo plazo de las familias que perdieron a su principal proveedor, se activa la pensión por sobrevivencia. Este derecho exige que el afiliado haya cotizado al menos 50 semanas en los tres años anteriores al deceso. Los beneficiarios de ley incluyen cónyuge o compañero(a) permanente, hijos menores de 18 años (o hasta 25 si son estudiantes dependientes), hijos en condición de invalidez y, a falta de estos, padres que dependieran económicamente del afiliado.
Fieles al principio de que los ahorros nunca se pierden, si el afiliado no cumplía con el requisito de semanas, los beneficiarios pueden solicitar la devolución de saldos. En caso de no existir beneficiarios de ley, el capital ahorrado ingresa a la masa sucesoral hasta el quinto grado de consanguinidad.
Trámites gratuitos y canales digitales
Hacemos un llamado enfático a nuestros afiliados: estos trámites son totalmente gratuitos y sencillos; no se requiere de tramitadores, pagos a terceros ni intermediarios para acceder a sus recursos.
Para brindarles la mejor orientación, mitigar cualquier desinformación y procesar estas solicitudes, invitamos a nuestros afiliados a utilizar nuestra oficina virtual en el sitio web de Colfondos, o a comunicarse directamente con nuestros asesores a través de las siguientes líneas de atención:en Bogotá al +57 601 748 48 88, en Barranquilla al +57 605 386 98 88, en Bucaramanga al +57 607 698 58 88, en Cali al +57 602 489 98 88, en Cartagena al +57 605 694 98 88, en Medellín al +57 604 604 28 88, y para el resto del país a la línea gratuita disponible para marcar desde teléfono fijo al +57 01 8000 5 10000.
En Colfondos seguiremos trabajando con rigor técnico y profundo sentido humano, nuestro compromiso hoy es garantizar que las herramientas del sistema pensional y de cesantías funcionen de manera eficiente para ayudar a las familias colombianas a superar esta coyuntura. Cuentan con nosotros.